Descripción de la oferta
Puesto: COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD
Técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del Real Decreto 1627/97 que se describen a continuación:
o Desempeño de funciones propias del Coordinador de Seguridad y Salud establecidas en el Real Decreto 1627/97 destacando:
· Realización de nombramiento y firma. Envío y carga en portales CAE
· Aprobación de los Planes de Seguridad y Salud y/o Documentos de Gestión Preventiva. Realización de actas y carga en portales CAE
· Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
· Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
· Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra en los términos establecidos por el PROMOTOR de obras y las empresas contratistas.
· El coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra deberá validar y supervisar el procedimiento propuesto por el contratista para el control de accesos a la obra tanto para personas como para vehículos y maquinaria.
o Además, desempeñará estas funciones por aplicación del contrato suscrito con su empresa y siempre que así se solicite el PROMOTOR
· Colaborará con el promotor en cumplir y hacer cumplir los procedimientos, normas de operación e instrucciones técnicas de componen el Sistema de Gestión
· Elaboración de informes mensuales de seguimiento y estadísticas de siniestralidad en los términos que establezca el promotor en sus procedimientos y metodología de trabajo.
· Cumplimentar diariamente inspecciones de seguridad (sin límite y siempre que la jornada de trabajo lo permita) de la situación de la obra en materia preventiva. Estas inspecciones también podrán ser sobre aspectos ambientales que puedan afectar a la seguridad de los trabajadores
· Realizar seguimiento de la situación de la obra y sobre todo de las incidencias detectadas en las distintas visitas e inspecciones de seguridad
· Realizar tantas reuniones de Coordinación como se estime oportuno dadas las características individuales de cada proyecto, elaborando acata de cada una de ellas y difundiéndolas a los participantes.
· Participar en todas las reuniones de coordinación promovidas por el promotor
· Si el promotor así lo estima necesario, realizará revisión de documentación jurídico-laboral y preventiva de empresas y trabajadores para garantizar que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. Esta revisión podrá realizarse o en plataforma CAE del promotor
· Vigilar que se encuentra en obra el Libro de Incidencias
· Vigilar que cada contratista dispone del Libro de Subcontratación
· Asesoramiento en materia de PRL al promotor como para contratas, Subcontratas y Trabajadores autónomos que participen en la ejecución de los trabajos.
· Llegado el caso, Revisión de PEP en los términos establecidos por el promotor si en la obra se realizan actividades para las que no se considera aplicable el RD 1627/97 (anexo 2)
Colaborará en:
· Adecuado uso y estado de los EPIS, equipos de trabajo y homologación de los mismos.
· Garantizar el correcto estado de la Seguridad Perimetral mediante uso de cintas, conos y señales que informan de riesgo inminente y de los riesgos de los trabajos a realizar.
· La adecuada implantación respeto de las Normas y Procedimientos del promotor que sean de aplicación, incluidas las establecidas en materia de medio ambiente.
· La comprobación de que todos los restos y materiales sobrantes son recogidos y gestionados adecuadamente al finalizar las actividades.
El Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de obra estará facultado para que, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores, disponer la paralización de los trabajos